Las previsiones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de abril de 2021.
Ello obliga a los trabajadores de la JCYL, a relacionarnos con las Administraciones a través de medios electrónicos para cualquier trámite y actuación, como puede ser vacaciones, permisos, traslados, formación, etc.
Por este motivo, desde la FECCOOCYL hemos solicitado a la Consejería de Educación, que en los centros educativos donde preste servicios el personal laboral de cualquier competencia funcional (personal de servicios, p. subalterno, personal de cocina, ATEs, fisioterapeutas, técnicos de educación infantil, enfermero...), se les dote de un espacio en el propio centro con equipos informáticos y conexión a Internet para poder realizar dichos tramites.
Así mismo también se ha solicitado que se doten a las Escuelas Infantiles del material informático, suficiente y actualizado, para realizar su actividad pedagógica y educativa.