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Miércoles, 17 Noviembre 2004 15:18

Estimado (parcialmente) el recurso de CC.OO contra la orden de selección de directores

Nota de prensa. La Orden de selección y nombramiento de directores de Castilla y León es contraria a la LOCE
Estimado (parcialmente) el recurso de CC.OO. contra la Orden de selección de directoresLa Orden de selección y nombramiento de directores de Castilla y León es contraria a la LOCELa Federación de Enseñanza de CC.OO. de Castilla y León recurrió la Orden de selección y nombramiento de directores (Orden EDU/663/2004 de la Consejería de Educación) por entender que ésta vulneraba principios básicos de la negociación colectiva y la participación democrática de la comunidad educativa en la elección de equipos directivos, dejando prácticamente en manos de la Administración la selección de directores.La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid anula parcialmente la Orden impugnada por entender que la puntuación otorgada al proyecto de dirección es prácticamente igual que la asignada al resto de criterios recogidos en el artículo 88.3 de la LOCE; esto supone que la Administración puede seleccionar discrecionalmente a los directores, ya que se anulan de hecho el resto de méritos, aspecto éste que no respeta ni garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad previstos en los artículos 14 y 23 de la Constitución.La Federación de Enseñanza de CC.OO. propuso en su momento a la Consejería de Educación modelos de selección más participativos, sin vulnerar los preceptos establecidos en la LOCE. Siendo desoídos por la Administración, más interesada en colocar en las direcciones de los centros a sus afines que en dialogar con los sindicatos, CC.OO. ha tenido que evidenciar judicialmente aquello que la Consejería no quiso negociar.Aunque CC.OO. no comparte el modelo de dirección establecido por la ley de educación del PP, que espera sea modificado por el actual Gobierno, somos respetuosos con la legalidad vigente; le queda ahora a la Administración una difícil situación que resolver ateniéndose a lo establecido en la sentencia que anula la mencionada Orden.Información y Comunicación, F.E. CC.OO. Castilla y León

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