FECCOOCYL | 21 de December, 2024

Martes, 27 Junio 2023 11:03

Universidad PDI. Sentencia complemento de antigüedad (trienios)

El derecho del personal investigador a devengar el complemento de antigüedad (trienios) previsto en el artículo 46 del Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, así como a su percepción desde el 2 noviembre de 2021, ha quedado reconocido por sentencia firme.

La demanda de CCOO fue estimada por el TSJ de Castilla y León y adquiere firmeza al no haber sido recurrida por las universidades públicas de nuestra comunidad. CCOO les pide la aplicación inmediata y de oficio de este derecho a todo el personal investigador.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ de CyL) había estimado la demanda por conflicto colectivo presentada por CCOO contra las universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid reclamando el derecho del personal investigador contratado a percibir el complemento de antigüedad por cada tres años de servicios (trienio) en los mismos términos que los aplicados para el resto de personal docente e investigador contratado de estas universidades.

El pasado 9 de mayo de 2023 el TSJ de CyL dictó sentencia estimatoria de la demanda de CCOO, estableciendo claramente que:

• Todo el personal investigador, con independencia de la figura de contratación, está incluido dentro del ámbito personal y material del II convenio colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, tal y como se reconoce en el apartado 2 del artículo 4.

• Por tanto, las normas contenidas en el convenio son de aplicación al personal contratado laboral al amparo del estatuto del personal investigador en formación, pero con las salvedades previstas en el artículo 11 del convenio en el que se establece lo siguiente: “Al PDI contemplado en las categorías de 8 a 10 le será de aplicación el presente convenio para todo lo que no esté regulado en la normativa, programa, convocatoria o ayuda de la que traiga causa el contrato. En todo caso, no les será de obligada aplicación el sistema selectivo, carrera profesional, jornada laboral, régimen de vacaciones y retribuciones establecidas en el presente convenio, sino aquéllas que se establezcan en cada Universidad previa negociación con el Comité de Empresa”.

Según se establece en la sentencia, el artículo 11 “…  no excluye expresamente al personal contratado laboral al amparo del estatuto del personal investigador en formación del sistema retributivo establecido en el convenio, ya que dice que “no les será de obligada aplicación” sino que serán aquéllas que se establezcan por cada Universidad previa negociación colectiva. El que no sea de obligada aplicación no quiere decir que no se aplique, si no que puede existir una posterior negociación colectiva que establezca otras condiciones.”

• Así pues, el personal investigador, con independencia de la figura de contratación, tiene derecho a percibir, en concepto de antigüedad, un complemento salarial por cada tres años de servicios prestados, tanto en el ámbito de las universidades públicas de Castilla y León como en el de las Administraciones Públicas distintas de éstas.

Y, en consecuencia, se estima la demanda interpuesta, declarando el derecho de todos los trabajadores que prestan sus servicios en régimen laboral como personal investigador en las universidades demandadas a percibir el complemento de antigüedad (trienio) en los mismos términos que los aplicados para el resto del personal docente e investigador laboral de estas Universidades.

¿A quién afecta esta demanda?

Esta sentencia afecta a todas las figuras de personal investigador con contrato laboral en vigor en las universidades públicas de Burgos, León, Salamanca y Valladolid

¿Qué se puede reclamar?

Las personas afectadas, en caso de haber cumplido un período de tres años de servicios tanto en las mencionadas universidades como en el resto de las administraciones públicas, ya sean nacionales o de países pertenecientes a la Unión Europea, podrán solicitar el abono del complemento de antigüedad (trienio) correspondiente a estos períodos de tres o múltiplos de tres años de servicio desde el 2 de noviembre del 2021.

 

Quien esté interesado en reclamar la cantidad que le corresponde puede ponerse en contacto con nuestra sección sindical.

Asesoría de formación en tu empresa en FECCOCYL

FOREM formación en FECCOCYL

Buscador Fundación 1 de mayo en FECCOCYL

CCOO Exterior en FECCOCYL

Otro modelo educativo es posible en FECCOCYL

Publicaciones CCOO en FECCOCYL

Fundación Paz y Solidaridad Serafín Aliaga en FECCOCYL

Gaceta sindical en FECCOCYL

Diario de jóvenes de CCOO enseñanza en FECCOCYL

Boiccoot a la siniestralidad laboral en FECCOCYL

Tu cuota CCOO te da más ocio en FECCOCYL