CARRERA PROFESIONAL DEL PROFESORADO
¿Qué es la Carrera Profesional Docente?
Es un mecanismo que debe servir para promocionar la labor del profesorado, en nuestra doble condición de Empleado Público y docente. Los incentivos han de ser fundamentalmente económicos, en función de la evaluación del desempeño de nuestra labor, en las condiciones en que se establezca, que han de ser previamente negociadas en el ámbito correspondiente.
¿Cuál es la Proposición de Ley (PL, en lo sucesivo) que se está tramitando en las Cortes?
El PP ha presentado antes las Cortes de Castilla y León una PL de Implantación y Desarrollo de la Carrera Profesional de los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Esta PL se ha presentado directamente en el ámbito parlamentario, no habiendo sido presentado anteriormente en ninguna Mesa de Negociación, ámbito donde debieran abordarse todas aquellas cuestiones que afecten a las condiciones socio-laborales de los Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León.
La PL tiene por objeto incorporar la modalidad de Carrera Profesional horizontal para todos los Empleados Públicos de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), como reconocimiento al papel que desempeñan los Empleados Públicos de la Comunidad. Esta propuesta está basada en el modelo de cuatro Grados que tiene establecido el SACYL y que no convence ni siquiera al colectivo de este sector.
Esta propuesta, en su artículo 3, establece que el personal funcionario docente, a diferencia del resto de Empleados Públicos de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, “deberá optar entre la carrera profesional horizontal o los sexenios en los términos que se determinen en el desarrollo reglamentario”.
¿Qué exigimos?
Para el profesorado este modelo de Carrera Profesional supone un agravio comparativo, al obligarnos a elegir entre Carrera Profesional o sexenios para poder optar a ella.
Debemos diferenciar entre la Carrera Profesional horizontal, que es el reconocimiento a la trayectoria y el esfuerzo evaluable, y los sexenios, que son un complemento formativo automático. Concretamente los sexenios son un componente por formación permanente, que se percibirá por cada seis años de servicio como funcionario de carrera en la función pública docente, siempre que se hayan acreditado durante dicho periodo, como mínimo, cien horas de actividades de formación. Dichos sexenios son fruto del Acuerdo de 20 de junio de 1991 firmado entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales, por el que se regulan las retribuciones complementarias del profesorado. Fue publicado por el Consejo de Ministros el 11 de octubre de 1991, a fin de obtener el nuevo componente que integra el complemento específico.
Entendemos que no se puede exigir al profesorado que renuncie a un derecho adquirido, los sexenios, que tanto esfuerzo costó conseguir. Se debe desarrollar la Carrera Profesional para motivar al profesorado y que éste pueda avanzar en su trayectoria profesional, de forma independiente a los sexenios. Por todo ello, hemos solicitado la convocatoria extraordinaria de Carrera Profesional, a la que pueda optar todo el profesorado y alcanzar el Grado máximo de dicha Carrera.
¿Cuáles han sido nuestras actuaciones?
Las tres fuerzas sindicales hemos mantenido diversas reuniones con todos los partidos políticos con representación parlamentaria en las Cortes de Castilla y León, entregándoles un amplio documento que respalda nuestra petición de separar Carrera Profesional y sexenios, a los que no podemos renunciar. Asimismo, hemos solicitado que en su período de presentación de enmiendas a la PL, atiendan nuestras reivindicaciones.
¿En qué momento nos encontramos?
La norma está en fase de enmiendas. Seguiremos exigiendo que se tengan en cuenta nuestras reivindicaciones.
Se espera que esta tramitación finalice en el mes de marzo de 2019, justo al final de la actual legislatura autonómica.
¡CARRERA PROFESIONAL DOCENTE EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE EL RESTO DE EMPLEADOS PÚBLICOS!
¡LOS SEXENIOS NO SE TOCAN!