DECRETO 32/2016, de 15 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 20
La Junta de Castilla y León aprueba el decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2017.
Consejo de Gobierno del 15 de septiembre de 2016
Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:
1 de enero, Año Nuevo. Se traslada al lunes 2 de enero.
6 de enero, Epifanía del Señor.
13 de abril, Jueves Santo.
14 de abril, Viernes Santo.
23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma. Se traslada al lunes 24 de abril.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
A estas fechas se han de añadir dos fiestas de carácter local, acordadas por cada municipio, hasta alcanzar 14 fiestas laborales.