La primera impresión tras leer el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación (EPIPF), publicado hoy viernes en el BOE, es de decepción al observar un recorte sobre el documento negociado previamente y publicado como borrador para consulta pública.
El Gobierno pacto con los sindicatos y asociaciones de personal investigador un salario mínimo anual de 16.422€, tal como se publicitó en el borrador puesto a Exposición Pública y alegaciones o como la propia prensa difundió tras el Consejo de Ministros del día 1 de marzo, pero que misteriosamente ha desaparecido del documento que finalmente se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado.
De esa manera, existirá un salario mínimo predoctoral superior al existente hasta ahora que era el SMI interprofesional (12.600€ brutos anuales), pero inferior al pactado (16.422€) ya que el Gobierno sí ha mantenido el acuerdo en lo relativo al salario de referencia para aplicar los porcentajes previstos en la Ley 14/2011 de la Ciencia a la categoría del Grupo 1 del Convenio Único de la Administración General del Estado.
De forma resumida podemos indicar que, para los dos primeros años de Contrato la situación era/es la siguiente:
- Salario mínimo predoctoral hasta el 31/12/2018: SMI = 10.302€ brutos anuales.
- Salario mínimo predoctoral del 1/1/2018 hasta hoy: SMI = 12.600€ brutos anuales.
- Salario mínimo predoctoral a partir de mañana: 56% Grupo 1 Convenio único AGE = 16.127€
- Salario mínimo predoctoral pactado entre sindicatos y asociaciones con el Gobierno pero que ha sido "recortado" en el RD sobre EPIPF = 16.422€.
Inicialmente ese "recorte" del Gobierno sobre el salario mínimo pactado previamente serían de unos 900€ brutos anuales si se aplica como referencia el salario del Grupo 1 establecido en el III Convenio Colectivo de la AGE. Pero, finalmente, el impacto negativo de ese recorte se reducirá a solo 300€ gracias a que hace dos semanas los sindicatos hemos firmado con la AGE el IV Convenio Colectivo incrementando las retribuciones del Grupo 1 que sirve de referencia. Por lo que el salario mínimo para primer y segundo año de contrato (56% del salario de referencia) será finalmente de 16.127€ (habrían sido 15.538€ de haberse mantenido el III Convenio Colectivo AGE) mientras que ascenderá a 17.279€ el tercer año de contrato (60% de la referencia) y 21.599€ el cuarto año (75%).