El sindicato ha presentado una denuncia contra MEFP tras la publicación, sin negociación, de la orden por la que se establecen las normas del concurso de traslados del personal docente.
El 9 de octubre de 2020 se publicó en el BOE la Orden de 5 de octubre por la que se establecen las normas aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal para el curso 2020-2021, destinado al personal funcionario docente. Para entender el alcance de esta orden hay que recordar que en el anterior concurso de traslados de carácter estatal participaron más de 100.000 docentes, más de un 20% de la plantilla total.
Estas normas no han sido objeto de negociación por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional con las organizaciones sindicales. Esta omisión por parte de la ministra Celaá vulnera los artículos 34 y 37 del Texto Refundido del Estatuto Básico. La razón determinante de esta vulneración es la falta de negociación del contenido de la Orden con las organizaciones sindicales legitimadas. Los preceptos de esta norma inciden directamente en las condiciones de trabajo del personal que componen los cuerpos docentes, en especial en lo relativo a los sistemas de movilidad y provisión de puestos de trabajo, como bien ha señalado la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de octubre de 2010 (casación 3590/2009).
Tal y como precisa el artículo 37.1 del Estatuto Básico del Empleado Púbico, la negociación se ha de hacer en el ámbito respectivo, el cual habrá de ser en cada caso aquel al que se refieran las normas reglamentarias cuya aprobación se pretende. Y, si la letra c) dice que están sujetas a negociación las normas que fijan los criterios generales, entre otras en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, poca duda puede haber de que la Orden estaba sujeta a la exigencia de la negociación.
Es más, no ha existido ni consulta ni siquiera una mera audiencia, a pesar de las exigencias realizadas por CCOO en las distintas Mesas de Negociación del Personal Docente. La negociación colectiva requiere una mínima formalización y así lo exigimos desde la Federación de Enseñanza de CCOO. La legislación establece que se debe dar lugar a un trámite o fase en el procedimiento en la que se convoquen a todos los legitimados para participar en ella a negociar con la Administración. Esto no comporta, naturalmente, la aceptación de las posiciones sindicales, pero sí implica la posibilidad de que se expongan y debatan en las condiciones de igualdad y contradicción señaladas. Y no consta que se haya obrado así en este caso a pesar de las reiteradas exigencias por parte de CCOO.
En definitiva, la omisión de la negociación requerida por el artículo 37.1 c) del Estatuto Básico del Empleado Público determina que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre la vulneración de la libertad sindical por parte de la ministra Celaá.
Desde la Federación de Enseñanza de CCOO exigimos a la ministra de Educación y Formación Profesional, como máxima responsable, que retome la negociación colectiva con las organizaciones sindicales en todos aquellos aspectos que afectan al profesorado, tal como se le ha pedido en numerosas ocasiones.