FECCOOCYL | 21 de November, 2024

Martes, 20 Diciembre 2022 20:19

Resumen Mesa Sectorial del 20 de diciembre de 2022

Criterios para la determinación de las plantillas jurídicas de centros públicos Curso 2023-2024

El borrador es el mismo del año pasado con los cambios derivados del paso del PTFP al A1

Alegaciones de CCOO:

No hay negociación posible sin contar previamente con los cupos, pues resulta imposible saber si los criterios se cumplen o no (esto explicaría la negativa constante de la Administración a entregarlos por adelantado). Pero la sentencia ganada por CCOO resuelve que no entregar los cupos antes de la negociación vulnera el derecho de las OOSS a realizar su trabajo adecuadamente.

Además de las alegaciones presentadas el curso pasado, reivindicamos cambios que permitan la creación de plantilla estructural, especialmente en la atención de las necesidades educativas. Las mejoras del Acuerdo de 2022 no se han convertido en una realidad, ya que los criterios son muy restrictivos. Pedimos que todos los centros cuenten desde el principio con un mínimo estructural para atender correctamente las necesidades del alumnado, sin tener que esperar a ver qué alumnado llega al centro.

En el Apartado 2.2.2: Especialistas de atención a la diversidad. Consideramos que hay que cambiar la Orden EDU/1152/2010, que es la utilizada por inspección y RRHH para asignar el cupo, donde las únicas ratios que se recogen para crear plantilla hacen alusión a los ACNEEs, no a todos los ACNEAEs. Por tanto se deja sin apoyo de PT o AL a un 90% del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

En el Apartado 4.2.9. y 4.2.19: Criterios de creación. Refleja que se crearán plazas de Orientación Educativa y de Servicios a la Comunidad cuando "existan necesidades consolidadas en plantilla funcional de estos especialistas". Mientras que en el resto de especialidades sí se establecen las necesidades referidas a número de unidades o a número de horas de docencia lectiva, en este caso no se conocen cuáles son los criterios. Pedimos que se delimiten ratios, unidades o número de ACNEAEs, o bien que se den unos criterios fijos de cupo para asignar plantilla funcional en las DDPP como paso previo a la creación de la plantilla jurídica.

Respecto a Compensatoria, no entendemos porqué cuando se comparte centro se aumenta la ratio de alumnado. Debería ser al contrario, para que la carga de trabajo del profesional sea equiparable.

En cuanto a los Equipos específicos o especializados, somos la única comunidad donde no están generalizados, a pesar de que diversas órdenes y acuerdos contemplaban la creación en cada provincia de equipos para la atención a discapacitados auditivos, discapacitados motóricos y otros, según sus necesidades. Actualmente sólo hay:

- Equipo de orientación educativa para la atención a discapacitados auditivos en León y Salamanca, a pesar de que en otras provincias sea mayor la población de alumnado con esta necesidad.

- Equipo de orientación educativa para la atención a discapacitados motóricos en León y Valladolid.

- Equipo de orientación educativa para la atención a alumnado con trastornos de conducta en Valladolid, León y Burgos. En el resto de las provincias hay un referente que asume la atención de los Centros de Educación Especial.

Demandamos la creación de varias plazas en plantilla jurídica de los Equipos de Conducta porque en este tiempo se han producido varias jubilaciones y dos plazas funcionales del CREECYL han quedado desiertas.

Por último, queremos incidir en que estos criterios resultan ineficaces, pues con ellos hemos contribuido a estas tasas tan elevadas de interinidad, que a su vez han conllevado los actuales procesos de estabilización. Consideramos que es una razón más para plantear una revisión más integral de los mismos.

 

Respuesta de la Administración

Nos exponen que es difícil atender todas las reivindicaciones de las OOSS en esta negociación y que el Acuerdo de enero de 2022 ha supuesto una mejora en la bajada de ratios (con el consiguiente incremento del cupo de profesorado):

La bajada de ratios es real y se ha partido de la ratio más baja de toda la horquilla. La administración solo podía asumir una bajada progresiva, por lo que hasta el 2027-2028 no llegará a 6º de primaria. Pero asegura que se están desdoblando grupos en algunos centros cuando aumenta la ratio durante el curso.

Respecto a los cupos de PT, AL, Orientación y SC, ya ha habido mejora. En el marco normativo que nos encontramos, los casos que no estén incluidos en la ATDI tienen que ser planteados de manera individual. A pesar de las quejas recibidas, la atención a la diversidad en CyL se establece por los informes de los equipos de Orientación. No todos los informes prescriben la atención de especialistas. En CyL todos los alumnos que necesiten atención la están teniendo.

En el apartado 4.2.1 (criterios de creación de plazas para las especialidades propias de ESO y Bachillerato) van a bajar de 31 a 30 períodos para crear una 2ª plaza.  

Consideran que primero están las necesidades y luego se creará la plantilla, no se puede hacer al revés como ha pedido CCOO. Por eso se dice que la plantilla funcional debe estar consolidada.

La explicación a que la ratio es mayor cuando se comparten centros obedece a que la ratio de esos centros es más variable que la de los ordinarios. Respecto al kilometraje: la distancia entre esos centros normalmente es muy corta.

Ratio de Orientadores según la UNESCO (250 alumnos). En CyL la distribución poblacional es irregular. Piensa que es una de las comunidades donde esta ratio es más elevada.

El acuerdo marco de plantillas sería ideal, pero en CyL la irregularidad afecta también a la estructura de nuestros centros.

Recogen la reivindicación de la no creación de las plazas bilingües, pero los centros de secundaria siguen demandando crearlas. Es una forma de dar estabilidad y lo piden los directores.

Harán un estudio para crear todas las plazas posibles que procedan de la estabilización.

Toman nota sobre nuestras reivindicaciones en la creación de plantilla en equipos específicos y en el CREECYL y lo trasladarán al correspondiente Servicio.

La alta tasa de interinidad se debe a la tasa de reposición de 2010.

Horas de FCT: se tiene en cuenta un grupo por familia profesional porque en el momento en que cae una familia es muy difícil colocar a este profesorado.

Datos de los cupos: responden que se están elaborando. No nos los van a entregar para la negociación.

No pueden crear plantilla jurídica en los casos de necesidad de alfabetización de adultos. Es la misma normativa que imposibilita crear maestros en IES.

 

INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LISTAS DINÁMICAS:

Se incluirán estas nuevas especialidades del 1 al 5 de enero

Matemáticas

Lengua

FyQ

Tecnología

Administración de Empresas

 

 

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