FECCOOCYL | 21 de December, 2024

Viernes, 25 Octubre 2019 11:06

RELEO PLUS 2019/20. Listados de justificaciones dinerarias presentadas

Subsanación de errores hasta el 11 de noviembre. Justificación no presentada: hasta el 18 de noviembre.

El 25 de octubre de 2019 se publican en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, y en el Portal de Educación, a través de la aplicación:

Acceso a la aplicación informática. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

los listados provisionales de las justificaciones presentadas, con indicación, en su caso, de los errores que deben ser subsanados.

Subsanación de errores en justificaciones presentadas

Los interesados disponen de plazo exclusivamente entre el 28 de octubre y el 11 de noviembre de 2019, ambos incluidos, para realizar la subsanación de errores, preferentemente en la secretaría de los centros educativos. Para ello presentarán el documento de justificación que les facilitarán en el centro educativo, a la que acompañarán la factura rectificada.

Presentación de justificación de aquellos beneficiarios que no la hubieran presentado del 2 al 20 de septiembre

Se requiere a aquellos beneficiarios que no hubieran presentado la documentación justificativa de la ayuda dineraria en el plazo establecido (del 2 al 20 de septiembre de 2019) para que la presenten, preferiblemente en el centro educativo, en el plazo improrrogable del 28 de octubre y el 18 de noviembre de 2019, ambos inclusive, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.5 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Para ello deben presentar la factura de adquisición de libros de texto junto con el documento de justificación que les facilitarán en el centro educativo.

Las facturas deben tener fecha como máximo el día 20 de septiembre de 2019

Cobro de la ayuda por el centro

Quedan excluidos de la obligación de presentar la justificación de la ayuda aquellos beneficiarios que hayan solicitado el cobro de la ayuda por el centro educativo y hayan sido autorizados por el director. En este caso la justificación de la ayuda es competencia del centro educativo.

Los directores de los centros educativos pueden acceder a información complementaria, accediendo con su usuario al siguiente contenido:

Información complementaria para directores.

 

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