A. DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
- ORDEN EDU/1353/2018, de 12 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de acreditación para el ejercicio de la docencia en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en los centros de titularidad privada en la Comunidad de Castilla y León y se delega en los titulares de las Direcciones Provinciales de Educación la competencia para resolver.
La Orden EDU/1353/2018, de 12 de diciembre (598.7 KB) (12 páginas) (BOCyL de 21-dic-2018), por la que se regula el procedimiento de acreditación para el ejercicio de la docencia en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en los centros de titularidad privada en la Comunidad de Castilla y León y se delega en los titulares de las Direcciones Provinciales de Educación la competencia para resolver.
Plazo de solicitud:
El plazo de presentación de solicitudes es abierto y permanente a lo largo de todo el año.
Modelo de solicitud: Anexo (94 KB) (2 páginas)
Información de interés en el procedimiento de solicitud:
- ¿Qué significa elegir entre "Notificación / comunicación papel o electrónico"?:
- Notificación en Papel: implica el envío de la notificación y/o comunicación por correo postal y en su caso acuse de recibo.
- Notificación Electrónica: sustituye al envío en papel de la notificación y/o comunicación, pero exige tener disponible un Buzón Electrónico (BEC) al que dirigir esa notificación.
Esta notificación electrónica tiene la misma validez jurídica que la realizada hasta ahora en papel, y que la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece como preferente.
- Notificación electrónica y Buzón electrónico:
Puede consultar el Manual de creación del Buzón (BEC) (1.1 MB) (8 páginas) .
Si opta por la notificación electrónica, esta llegará a unBuzón Electrónico(BEC).
Debe tener en cuenta que: Buzón Electrónico y correo electrónico no es lo mismo:
- El correo electrónico servirá para recibir un aviso informativo de que en su Buzón Electrónico hay notificaciones o comunicaciones pendientes de lectura
- Buzón electrónico es el lugar electrónico donde recibir todas las notificaciones y comunicaciones de los procedimientos por parte de la administración.
Por tanto, si no dispone de Buzón Electrónico, debe crearlo accediendo a la siguiente dirección https://www.ae.jcyl.es, para lo que debe disponer de Certificado digital.
Una vez creado debe:
- Suscribirse al procedimiento en el que participa (identificado con el nombre del procedimiento y/o el nº IAPA que define cada procedimiento, y que aparece en el margen de los anexos de las convocatorias),
- Recibirá un aviso informativo en su correo electrónico de que tiene disponible una notificación,
- Importante!!: El contenido de la notificación está en su Buzón electrónico.
Asimismo, para cualquier consulta relacionada con este proceso, consulte al teléfono de información administrativa 012 o al 983327850 (si llama desde fuera de la Comunidad de Castilla y León).
Ficha Informativa sobre Tratamiento de datos de carácter personal (39.5 KB) (1 página)