RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, (135.6 KB) (2 páginas) por la que se aprueban los listados provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, convocados mediante Orden EDU/1406/2023, de 4 de diciembre.
Listados provisiones de admitidos y excluidos
- Listado provisional de admitidos (por especialidad): Listados admitidos provisional (2 MB) (428 páginas)
- Listado provisional de excluidos (alfabético, con causas de exclusión): Listado excluidos provisional (846.3 KB) (80 páginas)
Plazo de subsanación
Desde el lunes 8 de abril de 2024 a las 10:00:00 horas hasta el viernes 19 de abril de 2024 a las 23:59:59
Pasos para realizar la subsanación:
- Iniciar el formulario de subsanación utilizando el siguiente enlace:
- Cumplimente el formulario:
- Seleccione la solilcitud para la que desea presentar subsanación.
- Aloje el documento que acredite la subsanación en REDOA si fuera necesario.
- Adjunte el documento que acredite la subsanación o asócielo si éste ya está en REDOA.
- Guarde el formulario.
- Registre electrónicamente el formulario usando el botón y siguiendo los pasos en la sede electrónica.
Acceso a REDOA
RECUERDE
- El DNI, el documento que justifica el pago de la tasa y el documento que acredita que no ha sido condenado por algún delito sexual deben adjuntarse directamente como archivo pdf, eligiendo el fichero desde su ordenador, y adjuntarse en el formulario de subsanación. (No deben estar alojados en REDOA).
- Para el resto de documentos necesarios en la subsanación de la solicitud de participación es imprescidible alojarlos previamente en REDOA y asociarlos en el formulario desde REDOA.
- Un documento alojado en REDOA pero no asociado a este formulario es un documento no aportado en la subsanación. Los documentos alojados en REDOA sólo son visibles para la Administración Educativa cuando se asocian a un formulario.
- La solicitud de subsanación no se considera finalizada hasta que se haya registrado electrónicamente utilizando el correspondiente botón. Compruebe que tiene el PDF con el acuse de recibo y la solicitud de subsanación con el pie de firma electrónica. Ambos documentos se generan tras el proceso de registro electrónico.
- Para cada solicitud, es decir, para cada cuerpo y especialidad, sólo se atenderá el último formulario de subsanación registrado electrónicamente. Por tanto, hay que subsanar todos los apartados en el último formulario que se registre electrónicamente (se perderán las registradas anteriormente para la misma solicitud).
- Sólo se atenderán aquellas subsanaciones que se hayan entregado por registro electrónico.