FECCOOCYL | 27 de July, 2024

Miércoles, 25 Marzo 2020 18:11

MUFACE. Información e instrucciones sobre la cobertura sanitaria frente al coronavirus

MUFACE recuerda a todos sus mutualistas y beneficiarios que están cubiertos al 100% en esta emergencia internacional tanto si son de adscripción pública como privada, al igual que el resto de usuarios del Sistema nacional de salud. Todos los mutualistas van a ser atendidos conforme al protocolo vigente determinado por las autoridades sanitarias.

Confiamos en que las instrucciones de la Mutualidad de los funcionarios del Estado (MUFACE) que detallamos a continuación os sean de utilidad. También podéis encontrarlas en su página web.

- Si cree tener síntomas compatibles con una infección respiratoria -tos, fiebre, y/o falta de aire-, no acuda a urgencias porque es contraproducente para el riesgo de contagio. Hágalo por usted y los demás. Debe aislarse en su domicilio y llamar a los teléfonos específicos de su comunidad autónoma, que puede consultar aquí, junto con los previstos para información sobre coronavirus.

TELÉFONOS DEL CORONAVIRUS DE LAS ENTIDADES CONCERTADAS

Si llama a los teléfonos de su entidad concertada, también allí le indicarán cómo actuar, y en su caso deberán hacerle el seguimiento de su situación. Tenga en cuenta que se trata de un asunto de salud pública global, por lo que todos los recursos están puestos a disposición de la autoridad sanitaria competente, esto es, el Ministerio de Sanidad.

  • • ASISA

• Centro de coordinación de urgencias: 900 900 118,

• Además, en la App se cuenta con la opción de contactar directamente con el Servicio de emergencias de ASISA.

 

• ADESLAS

• Teléfonos de orientación sobre el coronavirus y urgencias: 902 109 393 y 932 593 416

• Número del centro de coordinación de urgencias: 900 32 22 37

 

• DKV: urgencias médicas

• Médico 24 horas 976 991 199

• A través de la app Quiero cuidarme Más. También para orientar o resolver según los protocolos médicos del Ministerio de Sanidad.

• Centro de coordinación de urgencias: 900 300 799

 

• IGUALATORIO QUIRÚRGICO DE CANTABRIA

• Teléfono gratuito de atención al cliente 900 81 81 50 y teléfono de urgencias 900 53 50 47.

• A través de la oficinaonline.imq.es y de la App corporativa IMQ

• Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

EXENCIÓN DE VISADO DE RECETAS

Para facilitar el acceso a los medicamentos durante el estado de alarma, se ha aprobado, a través de la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Espaciales de la Seguridad Social (enlace), la exención de visado de recetas mientras dure su vigencia.

Esto quiere decir que, con esta medida extraordinaria, los mutualistas no tendrán que acudir a las oficinas para su sellado y podrán adquirirlas en la farmacia solo con la receta. En nuestras oficinas se colocarán carteles advirtiendo de esta circunstancia para que no sea necesario acceder a la oficina, teniendo en cuenta la necesidad de evitar riesgos a todos.

 

INCAPACIDAD TEMPORAL

Respecto a incapacidad temporal, MUFACE ha enviado instrucciones a todos los órganos de personal y está en contacto con ellos.

• Si ya está de baja por incapacidad temporal y el médico no le puede atender a tiempo para darle el siguiente parte de confirmación, comuníqueselo a su órgano de personal (si puede por email) y envíele el parte de baja en cuanto lo tenga. Puede hacerlo por email con el parte escaneado. Los partes deben ser siempre consecutivos. Eso quiere decir que, aunque su médico le atienda unos días más tarde de la fecha final del parte previo, el siguiente parte de confirmación comienza al día siguiente del parte previo. La duración de los partes es de 15 días, pero el médico puede, excepcionalmente, dar un parte por 30 días.

• Si se pone enfermo ahora, lo primero que tiene que hacer es comunicárselo a su órgano de personal. En cuanto pueda atenderle un médico, dígale desde cuándo está enfermo. Si transcurren más de 4 días desde que se puso enfermo hasta que el médico le atienda, el órgano de personal puede justificar su ausencia al trabajo excepcionalmente mientras dure el Estado de alarma, pero tendrá que presentar el parte médico en cuando lo tenga y enviarlo en papel o por email.

Reiteramos: no vaya a nuestras oficinas si no es por un motivo insoslayable, por su bien y el de los demás ciudadanos.

 

CORREO ELECTRÓNICO PARA CONSULTAS RELACIONADAS CON CUESTIONES URGENTES E INAPLAZABLES

En caso de que tenga dudas sobre tramitaciones o gestiones urgentes relativas a asistencia sanitaria o farmacia que no puedan demorarse, puede realizar sus consultas en la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Por el bien de todos, por favor, no utilice este correo para cuestiones que pueden aclararse o gestionarse por las otras vías mencionadas.

Infórmese en nuestra web. Iremos actualizando la información.

 

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