¿Qué es un sexenio?
Lo primero que debemos saber es que, en realidad, el complemento que reclamamos se llama "Complemento Específico de Formación Permanente", y así aparecerá reflejado en tu nómina en el momento que empieces a cobrarlo. Sexenio es el nombre con el que se conoce, coloquialmente, a este complemento.
¿Qué requisitos debo cumplir para poder cobrar uno o más sexenios?
1.- Haber cumplido al menos un periodo de 6 años en la función pública docente.
2.- Haber realizado cien horas de actividades de formación a lo largo de esos 6 años.
¿Cuánto dinero supone el cobro de sexenios?
La siguiente tabla refleja el dinero que se cobra por cada uno de los sexenios cumplidos:
SEXENIOS |
Primero |
Segundo |
Tercero |
Cuarto |
Quinto |
CUANTÍA MENSUAL € |
56,10 |
70,78 |
94,32 |
129,07 |
38,00 |
Lo que supone el cobro mensual, dependiendo del número de sexenios, de las siguientes cantidades:
Nº sexenios |
Uno: |
Dos: |
Tres: |
Cuatro: |
Cinco: |
Cantidad € |
56,10 |
126,88 |
221,2 |
350,27 |
388,27 |
¿Para cobrar los sexenios, es necesario llegar al Contencioso-Administrativo?
Desde comienzos de este año 2015, la Consejería de educación está reconociendo el cobro de sexenios a los interinos tras la presentación de la reclamación administrativa pero, no así, el cobro con "efectos retroactivos".
Pero, ¿qué es el cobro con “efectos retroactivos”?
La Ley General Presupuestaria establece en cuatro años el plazo de prescripción de débitos de la Administración, es decir, podemos reclamar sobre cantidades de nuestras nóminas desde cuatro años atrás. Esto quiere decir que, si desde hace cuatro años tenías derecho al cobro de sexenios y no te los han pagado, aún los puedes reclamar vía Contencioso-Administrativo.
Entonces, ¿de qué cantidad total estamos hablando?
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