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Miércoles, 05 Octubre 2016 09:15

Concursos de traslado de ámbito estatal 16/17. Normas procedimentales

Orden ECD/1596/2016, de 23 de septiembre, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslado de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2016/2017, para personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

 

Orden ECD/1596/2016, de 23 de septiembre, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslado de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2016/2017, para personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

FECHAS CLAVE ESTABLECIDAS EN ESTAS NORMAS, comunes para todas las convoctorias autonómicas de concurso de traslados:

PLAZO DE SOLICITUD: del 8 al 28 de noviembre de 2016.
Los participantes, cualquiera que sea el contenido de sus peticiones, deberán presentar una única solicitud por cada cuerpo por el que participen, aun cuando participen por más de una especialidad, que se dirigirá al órgano que se determine en la convocatoria que efectúe la Administración educativa a cuyo ámbito de gestión pertenezca el centro o puesto desde el que participan o, en su caso, al órgano de quien actualmente dependa el centro o plaza en el que tuvieron su último destino.

PUBLICACIÓN DE LAS PLAZAS VACANTES:
- Vacantes provisionales: Antes del día 15 de febrero de 2017.
- Vacantes definitivas: Antes del día 6 de abril de 2017.

EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN:
La fecha de efectos de la resolución de las convocatorias de estos concursos será la del 1 de septiembre de 2017. No obstante, el profesorado que haya obtenido destino en estos concursos deberá permanecer en sus centros de origen, cuando así se establezca por la Administración educativa de la que dependa, hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas para la finalización del curso.

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