La SENTENCIA: 00598/2016 del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN, Sala de lo Contencioso-administrativo de VALLADOLID Sección: 003, sobre el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001743 /2009 emite el siguiente Fallo:
- Reconocer el derecho de los recurrentes que hubieran obtenido la calificación de 4,000 puntos o superior en la fase de oposición a acceder a la fase de concurso, en la que, una vez valorados los méritos en su momento alegados, de alcanzar la puntuación mínima para acceder a una plaza del total de las que se ofrecieron por cada especialidad, acceder a la fase de prácticas prevista en la base 7.3 y Octava de la ORDEN ADM/786/2009, de 3 de abril.
- Desestimar las demás pretensiones.
- Hacer imposición a la administración demandada de la parte de las costas correspondiente a los gastos e indemnizaciones debidas a los testigos originados en el presente recurso.
- La sentencia “no afectará en su condición de aprobados a los opositores seleccionados inicialmente, ello sin perjuicio de verse pospuestos en su ubicación escalafonal en aquellos casos en que así proceda, y sólo respecto de los recurrentes que se vean expresamente beneficiados por el fallo de esta sentencia”. Por tanto, los/las opositores que obtuvieron plaza no se verían afectados/as por esta sentencia continuando con su condicion de funcionarios/as de carrera.
- De conformidad con establecido en los artículos 86 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra esta sentencia podrá interponerse recurso de casación, el cual deberá prepararse ante esta misma Sala en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de su notificación. La sentencia no es firme al poderse interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en plazo de diez días.
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