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Jueves, 31 Marzo 2016 12:56

CCOO Informa: Certificación negativa de delitos sexuales

Modificación en el plazo de presentación: del 18 de abril al 31 de mayo

Sobre la certificación negativa del registro central de delincuentes sexuales os informamos que ha sido aprobada la instrucción relativa a la exigencia de dicho certificado, con las directrices correspondientes.

 

1. Afecta a todos los funcionarios de carrera e interinos, inspectores de educación, personal docente laboral, y asesores lingüísticos, que actualmente estén prestando servicios o que vayan a prestarlos en este curso escolar a partir del 1 de marzo de 2016.

2. Deberán efectuar una declaración responsable de no haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Así mismo deberán aportar la certificación negativa SALVO que autoricen a la Consejería de Educación para recabar dicha certificación directamente y/o por medios telemáticos.

3. Para efectuar  la declaración y autorización deberán cumplimentar un modelo que facilitará la dirección provincial de educación correspondiente.

 

4. Para simplificar la tramitación de dicho modelo, el personal que se encuentre actualmente prestando servicios deberá CUMPLIMENTARLO A TRAVÉS DEL PORTAL DE EDUCACIÓN accediendo a su espacio restringido.

 

5. Quienes no concedan a la Consejería de Educación la autorización deberán obligatoriamente presentar la certificación  negativa en la correspondiente dirección provincial de educación. En caso de carecer de dicha certificación deberá presentar  la oportuna documentación que acredite la solicitud de la misma.

6. A quienes presenten la certificación negativa la Administración le podrá requerir presentar nueva certificación en cualquier momento en que se encuentren prestando servicios.

7. En el caso de extranjeros no comunitarios deberán aportar una certificación negativa de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional.

8. Plazos:

-Para los que están prestando servicios actualmente, del 18 de abril al 31 de mayo.

-Para los que tomen posesión a partir del 1 de marzo de 2016, el modelo cumplimentado y, en su caso, la certificación negativa, deberán entregarse en el momento de la toma de posesión.

-Para los que se encuentren en situación de incapacidad temporal, del 18 de abril al 31 de mayo, o dentro de los 15 días naturales desde su incorporación.

-Para los que posean otra nacionalidad, el plazo se amplía un mes. Y de carecer de la oportuna certificación aportarán la documentación que acredite haberla solicitado.

9. Quedan exceptuados el personal que imparta todo su horario con la totalidad del alumnado mayor de edad.

10. El incumplimiento de plazos conllevará la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

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