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FECCOOCYL | 04 de August, 2024

Jueves, 07 Enero 2010 10:23

EL NUEVO DECRETO DE RETRIBUCIONES CONTRA LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN

En los próximos días se publicará el Decreto de Retribuciones para el año 2010 del personal al servicio de la Administración de CyL.
Este decreto supondrá un paso atrás en los derechos adquiridos por sentencias judiciales de los trabajadores de los Equipos de Orientación de CyL.
La Federación de Enseñanza de CCOO de CyL quiere resaltar que el nuevo Proyecto de Decreto de Retribuciones para el año 2010 del personal al servicio de la Administración de CyL no recoge dentro del Anexo relativo al “Desempeño de puestos de trabajo docentes singulares” dos componentes singulares a los que la Junta de Castilla y León venía obligada por sentencia:
a) Maestro orientador/Director de Equipo del Servicio de Orientación Educativa y Psicopedagógica
b) Maestro Orientador en el Servicio de Orientación Educativa y Psicopedagógica siempre que permanezca en activo como grupo A2.
La explicación que la Administración da sobre este particular es que no quedan Maestros Orientadores, por lo que retiran sin más de las tablas salariales dicho complemento.
El problema reside en que dichos dos componentes singulares han sido reconocidos en las mismas condiciones a los Profesores de Enseñanza Secundaria que desempeñan el mismo puesto en el Equipo. En la STSJ nº
1603 de 18 de septiembre de 2007, respuesta al recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la Federación de Enseñanza de CCOO solicitando la impugnación del Decreto 2/2006 de 19 de enero (Decreto de Retribuciones del 2006), el TSJ falló a favor de CCOO ANULANDO las previsiones contenidas en el Anexo V, sobre el componente singular del complemento específico por el desempeño de puestos de trabajo docentes de Maestro Orientador/Director de Equipo del Servicio de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Profesor de Enseñanza Secundaria Director de dicho Equipo y Maestro Orientador en el Servicio de Orientación Educativa y Psicopedagógica. La sentencia califica de discriminatorio e injustificado el tratamiento que la Administración da a los Profesores de Enseñanza Secundaria, ya que “si el contenido funcional de unos y otros puestos que ocupan esos funcionarios docentes no presenta diferencias, ocurre que el asignar a los antiguos maestros orientadores…un componente singular del complemento específico sin hacer lo mismo a los demás puestos docentes psicólogos o pedagogos, se está vulnerando el principio de igualdad…”.
Ante este problema, ya subsanado en los años 2008 y 2009, la Junta de Castilla y León lo que pretende para este curso y sucesivos es convertir dichos componentes singulares en un COMPLEMENTO PERSONAL TRANSITORIO para aquellas personas que actualmente los tengan reconocidos y los cobren, lo que conlleva ninguna posibilidad de revisión ni incrementos correspondientes a años futuros. Además, aquel docente que a la fecha no lo haya reclamado o tuviera sentencia desestimatoria, no lo cobrará y tampoco será aplicable para aquellos docentes que pasen a formar parte de los Equipos de Orientación.

El cumplimiento de la STSJ nº 1603 no puede pasar por suprimirse los componentes singulares del complemento específico para Maestros Orientadores del Proyecto de Decreto de Retribuciones para el 2010 y convertirlos en COMPLEMENTO PERSONAL TRANSITORIO para los que actualmente los estén cobrando.

CCOO se opone a este Proyecto de Decreto de Retribuciones, máxime cuando están pendientes de sentencia, por causas similares, los Decretos de los años 2007, 2008 y 2009.”

Desde la Federación de Enseñanza de CCOO de CyL, nos parece una desfachatez el modo en que la Junta de Castilla y León trata a sus trabajadores. Esta es una vuelta de tuerca más para el bolsillo de más de 400 trabajadores y CCOO no está dispuesta a “tragar ni un sapo más”. De nuevo los tribunales tendrán la palabra, sin descartar otras movilizaciones en el sector.

León, jueves 7 de enero de 2010

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