FECCOOCYL | 16 de July, 2024

Martes, 10 Enero 2023 09:37

CCOO celebra el impulso a la Negociación Colectiva en la nueva Ley LGTBI-Trans

Permiso de paternidadLa Ley establece que las empresa de más de 50 personas trabajadoras deberán contar con un conjunto de medidas para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.

La Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) reclamamos al Gobierno Diálogo Social para abordar la Ley de Familias y, en concreto, los permisos laborales que en ella se contemplan.

La ley de familias responde a la obligación de transponer la Directiva Europea 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, cuyo plazo para ser integrada en nuestra normativa nacional, finalizó el pasado mes de agosto.

Si bien el borrador de esta norma (que hemos podido conocer a través de los medios de comunicación) recogería algunos avances positivos, no se estaría transponiendo correctamente lo dispuesto en la Directiva. Especialmente en lo que se refiere al permiso parental de ocho semanas hasta que el menor cumpla ocho años y que, al parecer, no conlleva remuneración ni prestación alguna. 

La Directiva insta a los Estados miembros a garantizar este permiso como un derecho individual a disfrutar antes de que la hija o el hijo cumpla los 8 años. Este permiso no puede ser inferior a 4 meses por cada uno de los progenitores y además  determina que deberá de tener en cuenta a los interlocutores sociales para su regulación y deberá de ir acompañado de una remuneración o prestación económica.

La directiva incluye las definiciones de “permiso de paternidad”, “permiso parental”, “permiso para cuidadores”, “cuidador”, “familiar” y “trabajo flexible”, que deberían ser trasladadas al Estatuto de los Trabajadores, aprovechando la ocasión para introducir mejoras en relación a las formas de convivencia actuales. 

CCOO y UGT exigimos que se respete la Directiva que otorga la potestad a los interlocutores sociales de superar la edad de ocho años, señalada como edad mínima de referencia.. 

CCOO y UGT denuncian que esta regulación se está estableciendo sin negociación con los interlocutores sociales y en contra de lo dispuesto en la Directiva y que, además, no se está garantizando el permiso parental, sino que estamos ante una suspensión del contrato de trabajo sin ningún tipo de derechos. Es decir, no solo carece de acompañamiento económico, sino que, además, no se asegura el mantenimiento de alta y cotización en al Seguridad Social ni ningún tipo de derechos lo que, en la práctica, inhabilita el permiso. 

CCOO y UGT reclamamos también un abordaje integral en las políticas de cuidados y conciliación, que nos doten de medidas eficaces para promover la necesaria corresponsabilidad sin ahondar en las brechas preexistentes al cargar los costes de la conciliación sobre la familias y, especialmente, sobre las mujeres, frenando el necesario avance hacia el reparto igualitario de las tareas de cuidados, así como la participación en el mercado de trabajo en igualdad de condiciones. 

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